¿ Qué es?

APRENDAMOS JUNTOS...

La independización y la subdivisión son trámites de regularización registral que permiten dividir legalmente un predio en unidades independientes, otorgándoles identidad propia ante la municipalidad y SUNARP.

La subdivisión es el trámite mediante el cual un terreno se divide horizontalmente en dos o más lotes, sin considerar edificaciones, asignando a cada lote un área, linderos y partida registral propios.

La independización es el trámite mediante el cual un predio edificado se divide verticalmente, creando unidades independientes dentro de una misma construcción, como departamentos, pisos o oficinas.

Beneficios

La subdivisión e independización permiten acceder a beneficios como:

Mayor valor económico

Otorga reconocimiento patrimonial individual a cada lote o unidad inmobiliaria.

Más opciones de disposición

Permite vender, hipotecar o alquilar cada lote o unidad de manera independiente.

Mayor seguridad jurídica

Brinda claridad legal, reduce riesgos y respalda operaciones futuras.

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Requisitos

A continuación, se detallan los requisitos generales para iniciar los procesos de subdivisión o independización de predios:

Documentación por parte del cliente
  • Documento de identidad del propietario o propietarios.
  • Partida registral del predio matriz (actualizada).
  • Título de propiedad, dependiendo del caso.
  • En caso de representación: poder vigente inscrito en SUNARP.
Documentación y gestión a cargo de Arquilatero
  • Planos técnicos del proyecto (subdivisión o independización, según corresponda).
  • Memoria descriptiva del predio y de los lotes o unidades resultantes.
  • Verificación de normativa municipal y registral aplicable.
  • Elaboración y armado del expediente técnico completo.
  • Gestión de legalización notarial y presentación del trámite.
  • Reglamento Interno, solo cuando la independización se realice bajo el régimen de propiedad exclusiva y común (según corresponda).
  • Conformidad de obra o declaratoria de fábrica (según corresponda).

Consideraciones importantes

Para la independización, pueden solicitarse documentos adicionales como el Reglamento Interno o la Declaratoria de Fábrica. Si no sabes si te corresponde, nosotros te lo indicamos y nos encargamos del trámite.

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Proceso del trámite

A continuación, se presenta el proceso general de subdivisión, estructurado para brindarle claridad y seguridad en cada etapa:

1

Evaluación legal y normativa

Se revisa la partida registral del predio, la titularidad y la normativa municipal vigente para confirmar que el predio cumple con las condiciones mínimas para ser independizado o subdividido.

2

Visita técnica y levantamiento de información

Se realiza una visita al predio para la toma de medidas, verificación de linderos y definición preliminar de las áreas que conformarán las nuevas unidades registrales (sublotes en el caso de la subdivision o unidades en el caso de la independización).

3

Elaboración del experiente

Se elaboran los planos de independización, la memoria descriptiva, el reglamento interno (cuando corresponde) y la documentación técnica necesaria para sustentar la creación de los lotes o unidades independientes.

4

Inscripción registral

El expediente es legalizado en notaría y presentado ante la municipalidad o SUNARP, según corresponda, realizando el pago de las tasas administrativas y atendiendo posibles observaciones.

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Preguntas frecuentes

En esta sección se responden las consultas más comunes sobre el proceso de independización.

Si aún tiene dudas o su caso requiere una evaluación específica, Arquilatero le brinda asesoría gratuita y personalizada.

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La subdivisión divide un terreno en lotes, mientras que la independización divide una edificación en unidades (departamentos, oficinas, etc.).

Sí, es posible subdividir un terreno que tiene construcción, pero la viabilidad dependerá de cómo esté ubicada la edificación y de la normativa aplicable. Antes de iniciar el trámite, se realiza una evaluación técnica y legal para determinar si la subdivisión es factible.

No necesariamente. La normativa no exige contar con servicios básicos activos para realizar una subdivisión.

Sin embargo, algunas municipalidades pueden exigir factibilidad de servicios o condiciones mínimas de habilitación, dependiendo del tipo de zona.

Arquilatero evalúa cada caso según la normativa local aplicable.

El plazo puede variar según la complejidad del caso y las observaciones que formule SUNARP. De manera referencial, el trámite puede tomar entre 30 y 60 días hábiles, considerando las etapas técnicas, municipales y registrales.

Sí, cuando se trata de independizaciones. La declaratoria de fábrica o la conformidad de obra debe estar inscrita en SUNARP antes de iniciar el trámite. En caso de terrenos sin edificación, este requisito no aplica.